{"id":4521,"date":"2024-06-05T15:21:51","date_gmt":"2024-06-05T13:21:51","guid":{"rendered":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/?p=4521"},"modified":"2024-06-05T15:21:55","modified_gmt":"2024-06-05T13:21:55","slug":"proteccion-de-menores-en-entornos-digitales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/proteccion-de-menores-en-entornos-digitales\/","title":{"rendered":"PROTECCI\u00d3N DE MENORES EN ENTORNOS DIGITALES"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Anteproyecto de ley org\u00e1nica para la protecci\u00f3n de los menores en los entornos digitales<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la reuni\u00f3n del Consejo de Ministros celebrado el 4 de junio de 2024, se ha aprobado el Anteproyecto de Ley Org\u00e1nica para la protecci\u00f3n de las personas menores de edad en los entornos digitales para salvaguardar la salud, el bienestar y la seguridad de los ni\u00f1os y adolescentes de nuestro pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El anteproyecto de ley va acompa\u00f1ado por un diagn\u00f3stico sobre el impacto de los entornos digitales en menores de edad, realizado por el Ministerio de Juventud e Infancia con las primeras aportaciones de un grupo de 50 expertos. Este comit\u00e9 presentar\u00e1 su informe el 20 de junio de 2024 en el plenario y de forma p\u00fablica posteriormente, contribuyendo a la elaboraci\u00f3n de la Estrategia que incluir\u00e1 medidas con un alcance temporal mayor.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>El objetivo de esta norma es garantizar los derechos de los menores en el \u00e1mbito digital, especialmente el derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen, as\u00ed como el derecho a la protecci\u00f3n de sus datos personales y al acceso a contenidos adecuados para su edad<\/em><\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este sentido, el anteproyecto de ley contiene medidas para mejorar el conocimiento de los menores y de sus familias sobre los riesgos del entorno digital, sancionar de forma adecuada la vulneraci\u00f3n de derechos que puede producirse en ese entorno (como, por ejemplo, la difusi\u00f3n de im\u00e1genes generadas por IA) e imponer obligaciones a grandes operadores e influencers, para garantizar la informaci\u00f3n y los derechos de los menores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PENAS PARA LA CREACI\u00d3N Y DIFUSI\u00d3N DE IM\u00c1GENES FALSAS CON IA<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley introduce penas severas para quienes creen o difundan im\u00e1genes o voces falsas utilizando herramientas de inteligencia artificial, especialmente en contextos de contenido sexual o gravemente vejatorios sin el consentimiento de la persona afectada. Estos delitos, conocidos como \u00abdeepfakes\u00bb, ser\u00e1n sancionados con penas de prisi\u00f3n de uno a dos a\u00f1os, increment\u00e1ndose si se difunden ampliamente a trav\u00e9s de internet o medios de comunicaci\u00f3n social.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Entornos digitales seguros y saludables para los menores<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El entorno digital es hoy un espacio vital para el desarrollo de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, ya que les permite enriquecer su conocimiento y sus habilidades y relaciones sociales. Sin embargo, no est\u00e1 exento de riesgos y es por eso que el Gobierno ha definido como prioridad para este a\u00f1o generar entornos digitales seguros y saludables para los menores y fomentar el uso responsable de la tecnolog\u00eda. As\u00ed, el Anteproyecto de Ley establece, por un lado, medidas para el sector p\u00fablico y para las empresas tecnol\u00f3gicas y, por otro, algunas modificaciones legales, entre otras, en el C\u00f3digo Penal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre las primeras, la norma obliga a los poderes p\u00fablicos a elaborar una Estrategia Nacional sobre la protecci\u00f3n a la infancia y la adolescencia en el entorno digital y de manera m\u00e1s espec\u00edfica, a impulsar campa\u00f1as de sensibilizaci\u00f3n sobre los derechos de los menores en la esfera digital y los riesgos que esta entra\u00f1a, con especial atenci\u00f3n al consumo de material pornogr\u00e1fico, e investigar sobre los efectos de la tecnolog\u00eda en el desarrollo cognitivo de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, en el \u00e1mbito sanitario, incluye medidas para el fomento de la detecci\u00f3n precoz, la prevenci\u00f3n y la atenci\u00f3n especializadas a menores con patolog\u00edas asociadas al uso inadecuado de dispositivos; y en el \u00e1mbito educativo, planes de formaci\u00f3n espec\u00edfica, educaci\u00f3n en ciudadan\u00eda digital y alfabetizaci\u00f3n medi\u00e1tica, privacidad y propiedad intelectual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">PROTOCOLO DE DETECCI\u00d3N DE USOS PROBLEM\u00c1TICOS EN REVISIONES PEDI\u00c1TRICAS.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley establece un protocolo espec\u00edfico para que los pediatras puedan detectar usos problem\u00e1ticos de la tecnolog\u00eda durante las revisiones peri\u00f3dicas de ni\u00f1as y ni\u00f1os. Este protocolo se integrar\u00e1 en el programa de revisi\u00f3n del ni\u00f1o sano, que abarca visitas desde el nacimiento hasta los 14 a\u00f1os, permitiendo identificar conductas perjudiciales relacionadas con el uso excesivo de dispositivos digitales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Asimismo, y en relaci\u00f3n a las obligaciones para las empresas del sector tecnol\u00f3gico, el Anteproyecto dispone que los fabricantes deber\u00e1n asegurar que los dispositivos digitales cuenten con sistemas de control parental activados por defecto y con un etiquetado informativo sobre sus riesgos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sumado a esto,&nbsp;<strong>la norma proh\u00edbe, con car\u00e1cter general, el acceso de las personas menores de edad a mecanismos aleatorios de recompensa en videojuegos y plataformas (loot boxes)<\/strong>, y obliga tanto a las plataformas de intercambio de v\u00eddeos a establecer enlaces a los canales de denuncias como a los influencers a avisar de forma inequ\u00edvoca, siempre que el contenido que est\u00e1n difundiendo sea potencialmente perjudicial para el desarrollo f\u00edsico, mental o moral de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Adaptaci\u00f3n del marco legal frente a las nuevas modalidades delictivas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otro lado y considerando que la tecnolog\u00eda ha facilitado modalidades delictivas in\u00e9ditas, resulta fundamental adaptar el marco legal existente para proteger a los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes y garantizar su seguridad. En este sentido, el Anteproyecto de Ley tipifica como delitos los deepfakes pornogr\u00e1ficos, es decir, la difusi\u00f3n, sin autorizaci\u00f3n, de im\u00e1genes o audio generado por inteligencia artificial o cualquier otra tecnolog\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La norma tambi\u00e9n regula el alejamiento online, introduce el denominado grooming (enga\u00f1o online a menores) como circunstancia agravante en diferentes delitos contra la libertad sexual de menores y refuerza la tipificaci\u00f3n de la difusi\u00f3n de material pornogr\u00e1fico a los ni\u00f1os, para evitar algunas conductas impunes. Y tambi\u00e9n eleva de 14 a 16 a\u00f1os la edad m\u00ednima a la que se puede dar consentimiento al tratamiento de datos personales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ORDEN DE ALEJAMIENTO DEL ENTORNO VIRTUAL<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una de las innovaciones m\u00e1s significativas es la introducci\u00f3n de una orden de alejamiento del entorno virtual para aquellos que cometan delitos en espacios digitales. Esto incluye la prohibici\u00f3n de acceso a redes sociales, foros, plataformas de comunicaci\u00f3n u otros lugares en el espacio virtual, ofreciendo una respuesta eficaz frente a la creciente criminalidad inform\u00e1tica y protegiendo a las v\u00edctimas de una mayor victimizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">EDUCACI\u00d3N EN CIUDADAN\u00cdA DIGITAL<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El anteproyecto contempla fomentar en los centros educativos actividades de educaci\u00f3n en ciudadan\u00eda digital y alfabetizaci\u00f3n medi\u00e1tica. Se definir\u00e1n objetivos espec\u00edficos para cada etapa educativa y se implementar\u00e1n planes de formaci\u00f3n para el personal educativo, orientados a garantizar un uso seguro y respetuoso de los medios digitales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">VERIFICACI\u00d3N DE EDAD<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se desarrollar\u00e1n gu\u00edas t\u00e9cnicas para que los proveedores de contenidos en internet implementen sistemas efectivos de verificaci\u00f3n de edad, evitando el acceso de menores a contenidos inapropiados. Este esfuerzo se coordinar\u00e1 con la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos (AEPD) y la F\u00e1brica Nacional de Moneda y Timbre, quienes est\u00e1n trabajando en una herramienta de verificaci\u00f3n que estar\u00e1 lista en verano de 2024.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Anteproyecto de ley org\u00e1nica para la protecci\u00f3n de los menores en los entornos digitales En la reuni\u00f3n del Consejo de Ministros celebrado el 4 de junio de 2024, se ha aprobado el Anteproyecto de Ley Org\u00e1nica para la protecci\u00f3n de las personas menores de edad en los entornos digitales para salvaguardar la salud, el bienestar &#8230; <a title=\"PROTECCI\u00d3N DE MENORES EN ENTORNOS DIGITALES\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/proteccion-de-menores-en-entornos-digitales\/\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre PROTECCI\u00d3N DE MENORES EN ENTORNOS DIGITALES\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":2490,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[61],"class_list":["post-4521","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-familiasdeacogida-es-2"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4521","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4521"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4521\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4522,"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4521\/revisions\/4522"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2490"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4521"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4521"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/acollementofamiliar.gal\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4521"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}